¿Cumple la normativa tu puerta de garaje?

Para que una puerta de garaje cumpla con la normativa es necesario que disponga del marcado Marca CE básico y obligatorio en las puertas de garaje de la Unión Europea. De acuerdo con los principios de la Decisión 768/2008/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de fecha 9 de julio de 2008, el marcado Marca CE simboliza la conformidad de un producto con los requisitos esenciales de seguridad y salud que le son aplicables e impuestos al fabricante.

Este marcado fijado sobre el producto es una declaración formal (Declaración de conformidad CE) hecha por una persona responsable de la empresa que certifique que la puerta de garaje sea conforme con todos los requisitos comunitarios  llevándose a cabo los procedimientos de evaluación de la conformidad que sean aplicables a la misma.

El marcado CE es un indicador clave del cumplimiento de un producto, en el cual, permite la libre circulación dentro del mercado europeo, requisito obligatorio para la comercialización de productos en el mercado nacional y de la Unión Europea. Coarpe normaliza tu puerta de garaje para una mayor seguridad. Colocamos el marcado CE de forma visible, legible e indeleble en la puerta o en su placa de características. Desde mayo de 2005 es obligatorio el marcado CE de puertas automáticas, según la norma armonizada UNE-EN 13241-1:2004. Bajo un sistema de evaluación de la conformidad del producto con todos los requisitos comunitarios impuestos al fabricante. El marcado CE debe ser colocado por el fabricante o su representante autorizado establecido dentro de la comunidad (montador de puertas).

Requisitos para el marcado CE en las puertas automáticas de garaje
  • Bandas de seguridad homologadas.
  • Dos fotocélulas.
  • Libro de mantenimiento con sello y número para cada puerta.
  • Pegatina obligatoria en la que está el número de puerta, número de marcado CE y registro en FIMPA, con la correcta homologación.
  • Tramitación de la documentación de la puerta en el registro de industria.
  • Sistema paracaídas homologado para puertas basculantes.
  • Bisagras
  • Poleas
  • Carriles

Las puertas de garaje correderas, basculantes y seccionales deben cumplir los mismos requisitos, como excepción en el caso de las puertas de garaje batientes, a estos requisitos se le sumaría la instalación de un sistema de seguridad extra, un “paracaídas” que evita que la puerta caiga en caso de rotura del cable de contrapeso.

El marcado CE deberá llegar al propietario de la puerta en alguna de las localizaciones siguientes:

  • Sobre la propia puerta (grabado o una etiqueta adherida).
  • Sobre el embalaje de la puerta (impreso o una etiqueta adherida).
Otros documentos

En cumplimiento del Código Técnico de la Edificación, Coarpe entregará al propietario:

  • Instrucciones de instalación (en el caso de que la instalación no la realice la empresa).
  • Manual del usuario, incluyendo las Instrucciones de funcionamiento y uso.
  • Libro de mantenimiento, incluyendo las instrucciones de mantenimiento.

Por último, apuntar que el marcado CE de la puerta completa no se puede justificar con la suma de los marcados CE de ese tipo de componentes eléctricos y electrónicos que se incorporen a la puerta. También hay que añidir que el marcado CE lo deben de tener tanto las puertas de garaje automáticas, como las que no lo son. 

Si tu puerta no dispone de marcado CE ponte en contacto con nosotros en:

Pol. Ind. BASE 2000 - C/ La Rioja, 4
Lorquí (Murcia)
Tlf. 968676825 - 618140619

O en nuestra tienda online: www.coarpe.es

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